Ya conoce la sanción. Gustavo Costas, expulsado el sábado pasado en la derrota agónica de Racing Club ante Barracas Central, por la primera fecha de la Zona A del Torneo Clausura 2025, recibió este jueves la medida impuesta por el Tribunal de Disciplina de la AFA.
Cuando el tiempo se extinguía y se jugaban 49 minutos del segundo tiempo y todo parecía terminar sin goles, llegó una secuencia insólita. Hubo un gol de Adrián 'Maravilla' Martínez, con un cabezazo, pero el VAR le avisó a Nicolás Lamolina que espere por una posible falta del propio delantero en su área, en el inicio de la acción. El juez vio el monitor y se percató de la infracción por lo que anuló el tanto y sancionó el penal para el 'Guapo'.
Esto desató la locura del plantel de Racing y sobre todo de Costas, que fue expulsado por una excesiva protesta, al empujar al árbitro. Tras varios minutos, el penal se ejecutó y el encargado fue Rodrigo Insúa de poner el 1-0 definitivo.
En redes sociales, el miércoles Costas ofreció disculpas: "Quiero pedir disculpas por mi comportamiento en el final del partido frente a Barracas. A lo largo de mi carrera siempre prioricé el respeto, incluso en los momentos de tensión y frustración. En este año y medio que llevo dirigiendo en Argentina nunca fui expulsado. Como director técnico de Racing tengo la responsabilidad de dar el ejemplo, sobre todo ante situaciones adversas como las que ocurrieron el último sábado", empezó su mensaje.
La medida impuesta por el Tribunal de Disciplina
El Tribunal de Disciplina de la AFA publicó el fallo con la sanción para el entrenador: una fecha de sanción que podrá ser redimida por el pago de una multa equivalente a veintiún (21) v.e., es decir 483.000 pesos, conforme a lo establecido en el artículo 13, inciso 1, apartado c), del Código Disciplinario vigente. Por lo tanto, podrá dirigir el domingo ante Belgrano en Córdoba, por la segunda fecha del Torneo Clausura.
Asimismo, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 6, inciso 2, del mismo cuerpo normativo, se dispone que el Sr. Costas deberá acreditar ante este Tribunal, dentro del plazo de noventa (90) días, la realización y aprobación de una de las siguientes actividades de formación o concientización vinculadas a la función profesional que desempeña:
-Curso o jornada de capacitación en buenas prácticas y conducta profesional en el ámbito del deporte.
-Seminario de formación en gestión emocional y liderazgo deportivo.
-Taller de prevención de conductas inapropiadas en la actividad futbolística, orientado a cuerpos técnicos.
-Capacitación en ética deportiva y resolución de conflictos en la competencia.
-Actividad institucional vinculada a la promoción de los valores del deporte, tales como la participación como disertante o asistente en charlas sobre respeto, juego limpio y autocontrol.
Las actividades deberán ser dictadas por entidades reconocidas, asociaciones civiles, instituciones académicas, clubes u organizaciones vinculadas al ámbito del deporte profesional. El incumplimiento de esta obligación será considerado como circunstancia agravante en caso de una futura sanción de naturaleza similar, conforme lo dispuesto en el artículo 24 del Código Disciplinario.
Además, se sancionó al preparador físico de Racing, Federico Costas, con la suspensión de un partido o, en su defecto, con la multa equivalente a 483.000 pesos argentinos, conforme a lo establecido en el artículo 13, inciso 1, apartado c), del Código Disciplinario vigente.
